Trámite para solicitar el documento que certifica los datos actuales del empadronamiento individual de una persona. El certificado de empadronamiento es un documento fehaciente y tiene efectos administrativos, a diferencia del volante de empadronamiento, que tiene solo efectos informativos.
Cualquier persona física, ella misma, u otra en representación.
Para actuar en representación de otra persona, si no está dado/a de alta en el registro electrónico de apoderamientos Apodera, hay que rellenar la plantilla “Autorización de representación” y adjuntarla firmada a este trámite.
También puede obtener un certificado de empadronamiento para una persona a su cargo a través de este otro trámite: https://benicarlo.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=16787
Para poder obtener el certificado se debe estar empadronado/a en el municipio.
Hay que pagar la tasa de 4 euros, que se establece en la Ordenanza fiscal T1 reguladora de las tasas por tramitación de expedientes y expedición de documentos administrativos.
¡Importante!
Antes de solicitar el certificado, tiene que pagar las tasas. Para hacerlo, entre al Portal Tributario del Ayuntamiento de Benicarló y genere la autoliquidación de la tasa por tramitación de expedientes y expedición de documentos administrativos (código 1018), tarifa 002 Certificado de empadronamiento.
Una vez generado el impreso de autoliquidación de la tasa, el pago se puede hacer telemáticamente a través de la Pasarela de Pagos del Ayuntamiento. También, presencialmente, en las entidades bancarias indicadas en el impreso o en el cajero situado en la Oficina de Atención al Ciudadanía (pl. del Dr. Pera, 4).
El justificante del pago se tiene que aportar a la solicitud del certificado en este mismo trámite.
Todo el año.
Según la normativa vigente, el plazo máximo para expedir este documento es de 3 meses. Sin embargo, con carácter general, el Ayuntamiento tramitará su solicitud con la máxima celeridad posible y, siempre que las circunstancias organizativas lo permitan, la expedición se hará de manera inmediata o en un plazo significativamente inferior al máximo previsto por la ley.
No es aplicable.