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Volante de empadronamiento

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Volante de empadronamiento

Descripción

Trámite para pedir el volante de empadronamiento en Benicarló. 

¿Qué es y para qué sirve?

El volante de empadronamiento sirve para justificar la residencia en el municipio ante otras administraciones y/o entidades.

¿Quién lo puede pedir? 

Cualquier persona empadronada en Benicarló y que tenga 16 años; ella misma o cualquier otra que presente la correspondiente autorización.

¿Qué precio tiene?

Es un servicio gratuito.

¿En qué fechas se puede hacer?

Todo el año.

¿Cómo y dónde se puede pedir?

  • Presencialmente, en el Registro General del Ayuntamiento: Oficina de Atenció a la Ciudadanía, pl. del Dr. Pera, 4.
  • Por la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Benicarló, clicando en el botó [Nueva solicitud]  al  final  de esta  página.

¿qué documentos se tienen que aportar?

Ninguno.

¿Cuándo lo tendré?

Según la normativa vigente, el plazo máximo para expedir este documento es de 3 meses. Sin embargo, con carácter general, el Ayuntamiento tramitará su solicitud con la máxima celeridad posible y, siempre que las circunstancias organizativas lo permitan, la expedición se hará de manera inmediata o en un plazo significativamente inferior al máximo previsto por la ley.

¿Qué sentido tiene el silencio ADMINISTRATIVO?

No es aplicable.

¿Qué normativa ES APLICABLE?

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, modificada por la Ley 4/1996, de 10 de enero.
  • Resolución de 17 de febrero de 2020, de la presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la cual se emiten instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión del Padrón Municipal.
  • Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre la entrada libre circulación y residencia en España de los ciudadanos de los estados miembros de la Unión Europea y otros estados parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
  • Código Civil.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos de carácter general y garantía de los derechos digitales.
  • Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personal y a la libre circulación de estos datos.

Observaciones

Si el volante no es para la persona solicitante, sino que es para una persona a cargo (hijo/a, persona dependiente, etc.) empadronada en el mismo domicilio que la persona solicitante, se puede solicitar un volante para la persona a cargo a través del trámite “Volante de empadronamiento para una persona conviviente a cargo”.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE BENICARLÓ - P1202700I
Passeig de Ferreres Bretó, 10
12580 Benicarló (Castelló)
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