Espere, por favor...
Espere, por favor...
Seleccionar idioma
Sede Electrónica AJUNTAMENT DE BENICARLÓ
Sede Electrónica
AJUNTAMENT DE BENICARLÓ

Bastanteo de poderes de representantes de bancos y aseguradoras para la formalización u otorgamiento de garantías y/o seguros de caución

Escudo de AJUNTAMENT DE BENICARLÓ
Sede Electrónica > Bastanteo de poderes de representantes de bancos y aseguradoras para la formalización u otorgamiento de garantías y/o seguros de caución

Bastanteo de poderes de representantes de bancos y aseguradoras para la formalización u otorgamiento de garantías y/o seguros de caución

A partir del día 31/07/2024

Descripción

Trámite para comprobar que la/las persona/s que firma el documento del aval o el seguro de caución pueden obligarse en nombre de la entidad en los términos que se recogen en dicho documento. Se bastantearán las facultades de quienes, en nombre de otro (habitualmente entidades crédito, entidades aseguradoras, etc.) pretendan presentar avales u otras garantías exigidas por las disposiciones vigentes o sean requeridas por el órgano administrativo competente. En caso de que la entidad de crédito o la entidad aseguradora tengan varios apoderados para firmar avales o certificados de seguro de caución, se puede presentar para varios apoderados.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier persona física o jurídica, ella misma, o otra en representación. Para actuar en representación de otra persona, si no ese está dado de alta en el registro electrónico de apoderamientos Apodera, se debe rellenar la plantilla “Autorización de representación” y adjuntarla firmada a este trámite.

¿Qué precio tiene?

Es un servicio gratuito.

¿En qué fechas se puede solicitar?

Todo el año.

¿Cómo y dónde se puede solicitar?

  • Por la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Benicarló, clicando en el botón [Nueva solicitud] que encontrará al final de esta  página.
  • Presencialmente, en el Registro del Ayuntamiento de Benicarló: c. de Ferreres Bretó, 10 (planta baja).

¿Qué documentos se tienen que aportar?

  • Copia autorizada del instrumento público en que se hubiera formalizado el poder suficientes para firmar las garantías en forma de aval o seguros de caución o copia debidamente compulsada.
  • DNI de los representantes legales que deseen bastantear sus poderes.
  • Estatutos de la mercantil.

Tiempo de respuesta

1 mes

¿Qué sentido tiene el silencio ADMINISTRATIVO?

No es aplicable.

¿Qué normativa es aplicable?

  • Artículo 58 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
  • Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos. Dictamen 1/98 de la Abogacía General del Estado (Determina la no competencia de la Abogacía del Estado para el bastanteo de poderes para la constitución de garantías ante las Entidades Locales).
  • Instrucción 4/2006, de 21 de junio, sobre bastanteos de la Abogacía del Estado.
  • Artículo 1 de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas.
  • Artículo 10 del Real Decreto 649/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, en el ámbito de la Abogacía General del Estado.
  • Artículo 551.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial Disp. Adic. 3ª.2 de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.

Observaciones

Se trata de un trámite que se deberá realizar por las entidades de crédito o aseguradoras para bastantear los poderes notariales de los representantes de las mismas para firmar las garantías en forma de aval o seguros de caución. Por ello, una vez realizado el trámite y siempre que no se modifiquen los representantes apoderados para firmar las garantías, no será necesario que se vuelva a realizar el mismo.

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE BENICARLÓ - P1202700I
Passeig de Ferreres Bretó, 10
12580 Benicarló (Castelló)
Precarga de imagen Precarga de imagen