Trámite para conseguir la autorización administrativa para el uso regulado de armas de cuarta categoría.
Se consideran armas de cuarta categoría:
En estas categorías quedan incluidas, de acuerdo con la Orden Ministerial INT/2860/2012, de 27 de diciembre, las armas utilizables en actividades ludicodeportivas de air-soft y paint-ball.
La persona propietaria del arma de 4.ª categoría, siempre que esté empadronada en Benicarló y NO haya sido procesada o inculpada en un proceso penal.
Para actuar en representación de otra persona, si no está dado/a de alta en el registro electrónico de apoderamientos Apodera, se tiene que rellenar la plantilla “Autorización de representación” y adjuntarla firmada a este trámite.
Se tiene que pagar la tasa de 6 euros, que se establece en la Ordenanza fiscal T1 reguladora de las tasas por tramitación de expedientes y expedición de documentos administrativos.
¡Importante! Antes de presentar la solicitud, se deben pagar las tasas. Para hacerlo, entre al Portal Tributario del Ayuntamiento de Benicarló y genere la autoliquidación de la tasa por tramitación de expedientes y expedición de documentos administrativos (código 1018), tarifa 004 "Partes de Policía miedo expediento y solicitud". Una vez generado el impreso de autoliquidación de la tasa, el pago se puede hacer telemáticamente con tarjeta bancaria o Bizum. También, presencialmente, en las entidades bancarias indicadas en el impreso o en el cajero situado en la Oficina de Atención a la Ciudadanía (sin cita previa - Pl. del Doctor Pera 4 bajo). El justificante del pago se tiene que aportar a la solicitud en este mismo trámite.
Todo el año.
1 mes, aproximadamente.
No es aplicable.