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Cesión de vehículo al Ayuntamiento de Benicarló

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Cesión de vehículo al Ayuntamiento de Benicarló

A partir del día 28/05/2025

Descripción

Trámite para ceder un vehículo al Ayuntamiento de Benicarló por parte de la persona titular de este, porque, en nombre suyo y representación, se lleven a cabo los trámites administrativos oportunos para la destrucción del vehículo y la baja en Tráfico.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier persona física o jurídica, ella misma, u otra en representación. Para actuar en representación de otra persona, si no está dado/a de alta en el registro electrónico de apoderamientos Apodera, se tiene que rellenar la plantilla “Autorización de representación” y adjuntarla firmada a este trámite.

¿Qué precio tiene?

Es un servicio gratuito.

¿En qué fechas se solicitar?

Todo el año.

¿Cómo y dónde se puede pedir?

  • Por la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Benicarló, clicando en el botón [Nueva solicitud] que encontrará al final de esta  página.
  • Presencialmente, en el Registro del Ayuntamiento de Benicarló.

¿Qué documentos se tienen que aportar?

  • Declaración responsable (formulario incluido en el trámite telemático).
  • Permiso de circulación.
  • Tarjeta de inspección técnica de vehículo.
  • Fotocopia del DNI o carnet de conducir de la persona titular del vehículo.
  • Si se actúa en representación de otra persona y no se está dado/a de alta en el registro electrónico de apoderamientos Apodera, la “Autorización de representación” (plantilla incluida en el trámite telemático) y la documentación acreditativa de la representación.

Tiempo de respuesta

Tres meses, aproximadamente.

¿Qué sentido tiene el silencio ADMINISTRATIVO?

No es aplicable.

¿Qué normativa ES APLICABLE?

  • Real decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (BOE núm 261, de 31 de octubre de 2015).
  • Ley 22/2011 de 28 de julio de Residuos y Suelos Contaminados.
  • Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunidad Valenciana.
  • Orden de 14 de febrero de 1974, del Ministerio de Gobernación, de Retirada y Depósito de los Abandonados.
  • Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil.
  • Orden INT/624/2008, de 26 de febrero, por la cual se regula la baja electrónica de los vehículos descontaminados al final de su vida útil (BOE núm. 60 de 10 de marzo del 2008).

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE BENICARLÓ - P1202700I
Passeig de Ferreres Bretó, 10
12580 Benicarló (Castelló)
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