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Declaración responsable para la ejecución de obras

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Declaración responsable para la ejecución de obras

A partir del día 27/11/2025

Descripción

Este trámite permite presentar ante la administración la declaración responsable necesaria para ejecutar determinadas obras.
Mediante la presentación de esta declaración, el promotor/a queda habilitado para iniciar las obras de forma inmediata, sin perjuicio de las facultades municipales de comprobación, inspección y control del cumplimiento de los requisitos y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.

Tipos de obras que pueden tramitarse mediante declaración responsable: 

  • Tipo A: Reformas sin alterar la distribución interior:
    Obras en baños, cocinas, instalaciones, conservación o pintura de fachadas, siempre que no se modifique la distribución ni la estructura.
  • Tipo B: Reformas con alteración parcial de la distribución interior (sin afectar elementos estructurales):
    Demolición de algunos tabiques interiores, modificación de distribución, adecuación de locales, o instalación de placas solares de hasta 10 kW.
  • Tipo C: Reformas que afecten a elementos estructurales no principales:
    Cambio de cubiertas, ampliación de huecos de fachada, cambio de ascensor, reparación de forjados, instalación de cargadores de vehículos eléctricos o de placas solares de más de 10 kW.
  • Tipo D: Reformas integrales o actuaciones que afecten a la estructura o cimentación:
    Reformas interiores completas, instalación de nuevo ascensor o mejora de la accesibilidad.

¡IMPORTANTE! No puede tramitarse mediante declaración responsable ninguna actuación (total o parcial) sobre edificaciones catalogadas o con protección histórico-artística o ambiental, ni aquellas que afecten a elementos protegidos. En estos casos, será necesario solicitar licencia de obras.

¿Qué es y para qué sirve?

La declaración responsable produce los mismos efectos que la licencia municipal de obras y puede hacerse valer ante cualquier administración o persona física o jurídica.
Permite iniciar las obras desde su presentación, siempre que se acompañe de toda la documentación requerida.

¡IMPORTANTE!  Si la declaración contiene datos falsos, inexactos u omite información o documentos esenciales, o no se presenta correctamente, no podrán iniciarse las obras. La administración podrá exigir la restitución del estado previo y aplicar las sanciones correspondientes.

¿Quién puede presentarla?

Puede presentarla cualquier persona física o jurídica, personalmente o mediante representante.
Si actúa en representación de otra persona y no está inscrita en el Registro Electrónico de Apoderamientos (Apodera), deberá adjuntar el formulario “Autorización de representación” firmado (incluido en el propio trámite).

¿Qué precio tiene?

Es necesario abonar una autoliquidación con dos conceptos:

  • Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO): 3,5 % del presupuesto de ejecución material (PEM), según la Ordenanza Fiscal I.4.
  • Tasa por tramitación de la declaración responsable: 20 €, según la Ordenanza Fiscal T1.

Puede generar y pagar la autoliquidación (que incluye ambos conceptos) en el  Portal Tributario del Ayuntamiento de Benicarló (código 0005).

Si la obra requiere ocupar la vía pública, deberá abonar también la tasa por ocupación de vía pública por materiales de construcción, que también se puede generar y pagar en el Portal Tributario del Ayuntamiento de Benicarló (código 0124).

Todas estas autoliquidaciones también pueden solicitarse presencialmente en la Oficina de Atención Ciudadana (pl. del Doctor Pera, 4, planta baja, sin cita previa) y pagarse:

  • A través de la Pasarela de Pagos del Ayuntamiento,
  • En las entidades bancarias indicadas en el impreso, o
  • En el cajero municipal situado en la misma oficina.

¿Cuándo se puede presentar?

Durante todo el año.

¿Cómo y dónde se presenta?

  • Telemáticamente, clicando en el botón [Nueva solicitud] al final de esta página.
  • Presencialmente, en el Registro del Ayuntamiento: Oficina de Atención Ciudadana (pl. Doctor Pera, 4, planta baja).

¿Qué documentos se tienen que aportar?

Para todo tipo de obras:

  • DNI/NIE/CIF del promotor (si no es quien presenta la solicitud).
  • Autorización de representación (si procede).
  • Presupuesto detallado con mediciones y precios unitarios.
  • Plano de emplazamiento del inmueble.
  • Plano o croquis acotado de las obras.
  • Carta de pago y justificante del ingreso de tasas (ICIO y tasa de tramitación).
  • Fotografías del estado previo de las obras.
  • Formulario de declaración responsable (incluido en el trámite).

Documentación adicional según el tipo de obra:

  • Tipo B
    • Memoria descriptiva de la actuación, con presupuesto detallado (desglose de cada uno de los trabajos o partidas que se van a ejecutar, con su medición correspondiente y la aplicación de precios de mercado, que incluya tanto instalaciones, mano de obra, como materiales de todo tipo empleados en la misma), plano del estado previo y del estado reformado y de las instalaciones o actuaciones a desarrollar. Debe incluir certificado de que los tabiques que se derriban no forman parte de la estructura.
    • Certificado de colegiación o declaración responsable del técnico/a redactor competente.
    • Para instalación de placas solares: Certificado de resistencia estructural de la cubierta de la edificación y resistencia al viento de la estructura y fijaciones para placas solares en la cubierta de edificios.
    • Para obras en locales comerciales: Título habilitante para la apertura de la actividad en el caso de actividades establecidas o cambio de titular o certificado de compatibilidad Urbanística para nuevas actividades.
  • Tipos C y D
    • Proyecto técnico de ejecución de las obras, visado por el colegio profesional correspondiente, con sucinto informe emitido por el técnico/a redactor del mismo sobre el cumplimiento de la normativa urbanística vigente y de los requisitos básicos de calidad de la edificación. Se debe adjuntar también toda la documentación que requiera la normativa sectorial aplicable, según el tipo de actuación.
    • Ficha de estadística de la edificación visada por colegio profesional (tipo D).
  • Si existen afecciones sectoriales, la documentación correspondiente según el tipo de afección
    • Declaración responsable ante Costas, para la servidumbre de protección y autorización para la servidumbre de tránsito.
    • Autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado o de la Generalitat para las zonas de afección de las infraestructuras viarias.
    • Declaración responsable ante la Confederación Hidrográfica del Júcar para obras en la zona de policía a menos de 100 metros de un cauce.
    • Autorización para la zona de afección del ferrocarril.
    • Cualquier otra autorización por otras afecciones sectoriales.
  • Si se ocupa vía pública
    • Plano detallado de ocupación.
    • Justificante de la tasa por ocupación de vía pública por materiales de construcción (ver apartado "¿Qué precio tiene?") .
    • Si se instalan andamios, montacargas, silos, hormigoneras, etc: certificado de estabilidad y seguridad expedido por el técnico director de las obras
      croquis del paso alternativo para peatones y protección del mismo (en caso de que la longitud sea
      de más de 4,00 metros, dicho paso deberá habilitarse sobre la acera)-
    • Si se utiliza una grúa: proyecto técnico con plano que identifique su ubicación; copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil, con una cobertura mínima de 465.000 euros, que tendrá que estar vigente durante el montaje, funcionamiento, desmontaje y su estancia en la
      obra; certificados y autorizaciones del organismo competente para el uso y/o instalación. Una vez instalada la grúa, deberá aportarse certificado técnico acreditativo de la correcta instalación y su funcionamiento.

Plazo y efectos de la presentación

Los efectos son automáticos desde el momento en que se presenta la declaración junto con toda la documentación requerida.
Si la documentación está completa y correcta, el expediente se archivará sin resolución expresa.

Si falta documentación o se detecta alguna incorrección, el Ayuntamiento realizará un requerimiento de subsanación.
El interesado deberá responder en un plazo máximo de 10 días.
Si no se responde, la declaración quedará sin efecto y deberán paralizarse las obras.

¿Qué sentido tiene el silencio administrativo?

No es aplicable en este trámite

¿Qué normativa es aplicable?

  • Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell.
  • Plan General de Ordenación Urbana de Benicarló.
  • Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación.
  • Ley 3/2004, de Calidad de la Edificación de la Comunitat Valenciana.
  • Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común.
  • Ley 6/2014, de Prevención, Calidad y Control Ambiental.
  • Ley 14/2010, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
  • Ley 22/1988 y Ley 2/2013, de Costas, y su reglamento (RD 876/2014).
  • Ley 37/2015 y Ley 6/1991, de Carreteras.
  • Ley 38/2015 y RD 238/2004, del Sector Ferroviario.
  • RD Legislativo 1/2001, de la Ley de Aguas.
  • Decreto Ley 14/2020, sobre energías renovables.

Observaciones

Información importante sobre la declaración responsable para la ejecución de obras

1. Consecuencias de presentar una declaración responsable incompleta o incorrecta

Si la declaración responsable contiene datos falsos, inexactos u omite información o documentos esenciales, o si no se presenta ante la administración competente, no podrán iniciarse las obras ni realizarse los actos correspondientes desde el momento en que se detecte el incumplimiento.

Además, la administración podrá exigir al interesado que reponga la situación al estado anterior al inicio de las obras o del derecho ejercido, sin perjuicio de las sanciones que pudieran aplicarse según la normativa vigente.

2. Fecha de efectividad de la declaración responsable

La declaración responsable solo tendrá validez desde la fecha en que se presente correctamente, junto con toda la documentación requerida, en el registro correspondiente (ya sea de forma presencial o telemática).

A partir de ese momento, se considerará habilitada la realización de las obras.

3. Facultades de comprobación de la administración

La presentación de la declaración responsable no exime del control posterior por parte de la administración. Esta podrá realizar actuaciones de comprobación, control e inspección en cualquier momento.

Asimismo, la declaración responsable no autoriza la ejecución de obras ni el ejercicio de usos que sean contrarios a la legislación urbanística o a cualquier otra normativa vigente.

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE BENICARLÓ - P1202700I
Passeig de Ferreres Bretó, 10
12580 Benicarló (Castelló)
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