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Autorización de auxiliar para ejercer la venta no sedentaria

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Autorización de auxiliar para ejercer la venta no sedentaria

A partir del 14/09/2026 0:00

Descripción

Trámite para solicitar la autorización para que una o varias personas puedan ejercer la venta no sedentaria junto con la persona titular del puesto.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona física o jurídica, por sí misma o mediante otra persona en su representación. Para actuar en representación de otra persona, si no está dado/a de alta en el registro electrónico de apoderamientos Apodera, deberá cumplimentar la plantilla «Autorización de representación» y adjuntarla firmada a este trámite.

¿Qué precio tiene?

Es un servicio gratuito.

¿En qué fechas se puede realizar?

Durante todo el año.

¿Cómo y dónde puede solicitarse?

A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Benicarló, haciendo clic en el botón [Nueva solicitud] que encontrará al final de esta página.

Presencialmente, en la Oficina de Atención a la Ciudadanía: c. del Doctor Pera, 4 (planta baja).

¿Qué documentos deben aportarse?

  • En caso de autorizar a un familiar colaborador/a, deberá aportarse la siguiente documentación del auxiliar del puesto:
  1. Certificado de alta en la Seguridad Social.
  2. Certificado de estar al corriente en el pago de las cuotas de autónomo.
  3. Documentación que acredite el parentesco (libro de familia o similar).
  4. Documento de identidad.
  • En caso de autorizar a un trabajador/a, deberá aportarse la siguiente documentación del auxiliar del puesto:
  1. Contrato de trabajo en vigor.
  2. Vida laboral.
  3. Documento de identidad.
  • Si actúa en representación de otra persona y no está dado/a de alta en el registro electrónico de apoderamientos Apodera, deberá aportar la autorización de representación y la documentación acreditativa de la representación (plantilla incluida en el trámite telemático).

Plazo de resolución

Aproximadamente, 3 meses.

¿Qué efecto tiene el silencio administrativo?

El silencio administrativo es negativo; por tanto, su solicitud se entenderá desestimada. No obstante, podrá interponer los recursos que correspondan.

¿Qué normativa es aplicable?

  • Ordenanza reguladora de la venta no sedentaria.
  • Decreto 65/2012, de 20 de abril, del Consell, por el que se regula la venta no sedentaria en la Comunitat Valenciana.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE BENICARLÓ - P1202700I
Passeig de Ferreres Bretó, 10
12580 Benicarló (Castelló)
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